Los Parlamentarios Observadores podrán, previa autorización del Presidente, presentar opiniones o sugerencias tanto en la Plenaria, como en el seno de las Comisiones. Actualmente, los Estados observadores del Parlamento Andino son: la República Argentina -adherida en 2016- el Reino de Marruecos -el cual se adhirió en 1996-, el Reino de España y la República de Panamá -que ingresaron en 1980 durante el primer Periodo Ordinario de Sesiones del organismo.(Reglamento General del Parlamento Andino)
integración, democracia, garantía de derechos, interculturalidad y complementariedad con otros procesos de integración.
El Parlamento Andino es el órgano deliberante y de control del sistema andino de integración. (Reglamento General del Parlamento Andino), en lo referente a su estructura, señala que:
“Son órganos del Parlamento Andino: la Plenaria, la Mesa Directiva, las Comisiones, la Oficina Central y las Oficinas de las representaciones parlamentarias nacionales”.
Está conformada por el Presidente, los Vicepresidentes del Parlamento Andino y el Secretario General -con derecho a voz-. Para poder sesionar, requiere la presencia mínima de tres (3) de sus miembros.
Cada Comisión se encuentra conformada por un Parlamentario titular de cada país miembro. Los integrantes de las Comisiones serán nombrados por la Plenaria o en su receso por la Mesa Directiva, previo acuerdo entre las representaciones parlamentarias nacionales. (Reglamento General, Art. 51)
Las Comisiones del Parlamento Andino son las siguientes (Reglamento General, Art. 58):
órgano encargado de evaluar, analizar, debatir y armonizar temas y asuntos de interés para los países miembros del Parlamento Andino en materia de la política exterior común y relaciones parlamentarias. Dentro de sus funciones se encuentra realizar el seguimiento al proceso de integración con los demás bloques regionales; el relacionamiento y participación del Parlamento Andino en foros internacionales, esquemas extra-regionales y organizaciones políticas internacionales y elaborar propuestas de aproximación de las legislaciones nacionales sobre estos temas. (Reglamento General, Art. 58)
Es el órgano encargado de evaluar, analizar, debatir y armonizar temas y asuntos de interés para los países miembros del Parlamento Andino en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología y comunicaciones. Dentro de sus funciones se encuentra realizar en coordinación con la Universidad Andina Simón Bolívar -UASB- proyectos de educación, ciencia y tecnología que contribuyan a la profundización del proceso de integración; realizar seguimiento a los programas y estrategias que se realicen a nivel comunitario en estos temas; realizar propuestas de aproximación de las legislaciones nacionales en las materias concernientes a la Comisión y encargarse de la planificación y programación del a Semana Cultural Andina. (Reglamento General, Art. 58).
Es el órgano encargado de evaluar, analizar, debatir y armonizar temas y asuntos de interés para los países miembros del Parlamento Andino en materias relacionadas con la seguridad de sus ciudadanos, así como la situación ambiental y alimentaria en la subregión. De manera especial, la Comisión se preocupa por la Seguridad y Convivencia Ciudadana, la lucha contra el Narcotráfico, la prevención de los desastres naturales y el impacto negativo del Cambio Climático en los países miembros de la Comunidad Andina y América Latina. (Reglamento General, Art. 58)
Es el órgano encargado de evaluar, analizar, debatir y armonizar temas y asuntos de interés para los países miembros del Parlamento Andino en materia de integración económica y comercial, así como de fomento a la competitividad, productividad y complementariedad de la industria andina. Dentro de sus principales funciones se encuentra: realizar seguimiento, análisis y evaluación de las políticas comunitarias para la consolidación del Mercado Común Andino, para el desarrollo productivo regional, la globalización y la integración económica. Igualmente, revisar temas relacionados con el turismo, la infraestructura y las políticas energéticas en la subregión. (Reglamento General, Art. 58)
Es el órgano encargado de evaluar, analizar, debatir y armonizar temas y asuntos de interés para los países miembros del Parlamento Andino en materias sociales, como derechos humanos y participación ciudadana. Dentro de sus principales funciones se encuentran el análisis de la participación de los ciudadanos andinos en el Proceso Andino de Integración, la protección de la pluralidad cultural, étnica e ideológica y el respeto por los derechos humanos de los migrantes, refugiados, desplazados y de las personas con discapacidad. (Reglamento General, Art. 58)
Las Comisiones especiales serán establecidas por la Plenaria para asuntos de especial importancia y trascendencia institucional del Parlamento Andino.
Las Comisiones Ad-Hoc son aquellas establecidas por la Mesa Directiva para asuntos específicos y temporales a las que se les señalará, de manera precisa, sus objetivos, funciones y el término en que deban cumplir su mandato.
Estarán conformadas de la misma manera que las Comisiones Permanentes, y su duración dependerá de los requerimientos institucionales del Parlamento Andino. (Reglamento general, Artículo 59).
Es el órgano encargado de organizar e implementar una agenda de trabajo que tenga en cuenta el enfoque de género en las diferentes actividades parlamentarias, así como efectuar una representación política de las parlamentarias andinas bajo lineamientos y estrategias para el relacionamiento con las diferentes Comisiones, Mesas de Trabajo, Bancadas de Mujeres de los Congresos Nacionales de los países miembros de la región, entre otras actividades en pro del desarrollo normativo regional en el tema de género y en representación de las millones de mujeres andinas.
La Comisión estará conformada por las parlamentarias andinas de cada una de las representaciones parlamentarias nacionales, ya sea de forma directa por sufragio universal o por los Poderes Legislativos Nacionales. Fue creada por Resolución de la Plenaria del Parlamento Andino el 26 de agosto de 2015.
Información Observatorio Mujer (Haz click para ver)
Es el órgano encargado de tratar las diferentes manifestaciones de movilidad humana por la que atraviesa la ciudadanía andina, como un asunto de gran importancia humanitaria, social y política; de especial significación coyuntural, en concordancia con el Estatuto Andino de Movilidad Humana aprobado por la Plenaria del Parlamento Andino.
De igual forma, sus integrantes considerarán las legislaciones sobre el tema de los países miembros, para determinar opciones de gestión del Parlamento Andino en función de sus atribuciones, sobre todo en temas relativos a marcos normativos y pronunciamientos sobre esta problemática, que puedan ser construidos en mesas de trabajo con la participación de las institucionalidades estatales y la sociedad organizada de cada país,
La Comisión Especial de Movilidad Humana está integrada por un representante de cada delegación. La Plenaria del Parlamento Andino, por medio de la Resolución 02 de marzo de 2018, aprobó la creación de esta Comisión Especial.
La Plenaria del Parlamento Andino se pronunciará por medio de los siguientes instrumentos, los cuales deberán ser aprobados mediante la mayoría simple de sus miembros (Reglamento General, Art. 79):
El Presidente/a es elegido de entre los Parlamentarios Andinos titulares, para un periodo de mandato de un año. Esta autoridad será ejercida sucesivamente y en orden alfabético por cada país miembro (Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú).
Los Vicepresidentes o Vicepresidentas son elegidos de entre los Parlamentarios Andinos titulares para un periodo de mandato de un año.
La elección del Secretario General corresponde a la Plenaria a propuesta de la Mesa Directiva para un período de dos años, con posibilidad de reelección.
Eduardo Chiliquinga Mazón
Secretario general del Parlamento Andino
República del Ecuador
La imagen del Parlamento Andino está compuesta por dos elementos principales:
El Cóndor: es símbolo andino por excelencia ya que es un animal propio de los Andes y representa la fuerza, la inteligencia, la soberanía y la libertad, además de ser el responsable de la salida del sol, según la cultura Inca.
El Sol: es la mayor fuente de luz y energía, representa la bondad y el éxito, entre otros.
Colores Institucionales: Los colores dominantes institucionales son el azul y el amarillo
Bandera:
Actualmente sus miembros son:
El consejo está conformado por los Ministros de Relaciones Exteriores de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Sus reuniones ordinarias se llevan a cabo dos veces al año, y sesiones extraordinarias si es necesario. La presidencia es ocupada por periodos de un año, por el Ministro de Relaciones Exteriores del país que está a cargo de la Presidencia del Consejo Presidencial Andino.
Claudia Blum Capuro
Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia
Presidenta del Consejo Andino de Ministros
Es el órgano del Sistema Andino de Integración SAI encargado de formular, ejecutar y evaluar la política de integración subregional andina en materia de comercio e inversiones, así como coordinar la posición conjunta en los ámbitos de su competencia. Se pronuncia por medio de Decisiones (vinculantes). La Comisión está constituida por un representante plenipotenciario de cada uno de los Gobiernos de los Países Miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú). Se reúnen en sesiones ordinarias tres veces al año y de forma extraordinaria cuando su Presidente los convoca o a solicitud de cualquiera de los países andinos; adicional a esto también se reúne de forma ampliada con el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores o con Ministros sectoriales.
Actualmente sus miembros son:
José Manuel Restrepo Abondano
Ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia
(Presidencia Pro Témpore de la Comunidad Andina 2020 -2021)
Benjamín Blanco
Viceministro de Comercio Exterior e Integración de Bolivia
Iván Ontaneda Berrú
Ministro de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca del Ecuador
Claudia Cornejo Mohme
Ministra de Comercio Exterior y Turismo del Perú
Autoridades:
Jorge Hernando Pedraza
Secretario General